¿Cuál es la diferencia entre aval y obligado solidario?

Conoce fácilmente las diferencias entre un aval y un obligado solidario, para evitar caer en compromisos que puedan afectar a largo plazo.

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Es importante conocer cuáles son las diferencias entre un aval y un obligado solidario, esto con el fin de no generar ningún tipo de compromiso a futuro que trunque alguno de  tus planes a futuro. Ambos términos son diferentes al momento de pedir un crédito, a continuación te explicamos la definición de cada uno.

Conoce sus diferencias

La principal diferencia entre un aval y un obligado solidario es la responsabilidad que asumen en caso de que el deudor principal no pague una deuda.

Conoce sus diferencias

¿Qué es un aval?

Un aval es la persona física cómo moral, que se compromete a respaldarte en el caso de que faltes en un pago dentro de un crédito que hayas solicitado, con el fin de que la deuda sea saldada o se mantenga al tanto.

Los avales también son los encargados de recordar a los solicitantes del crédito ponerse al tanto de sus pagos.

¿Qué es un obligado solidario?

El obligado solidario aparece cuando dos o más personas se comprometen a pagar el 100% de la deuda total que se adquirió. La institución bancaria donde se solicitó el crédito puede pedir tanto al beneficiario como al obligado solidario a pagar la deuda, con excepción de que la deuda se encuentre dividida dentro del contrato.

En caso de que el obligado solidario cumpla con el total de la deuda, este también tendrá el derecho de reclamar su parte al beneficiario.

Diferencias clave entre aval y obligado solidario

La diferencia entre estos dos conceptos es que el obligado solidario tiene que pagar una parte de la deuda y sin la obligación de cubrirla, si es que el beneficiario no la ha pagado. El aval tiene que pagar la deuda en su totalidad si es que el deudor no lo hace. 

La semejanza que tiene es que tendrán que hacerse responsables por algún adeudo en caso de que exista. Debes de tener en cuenta que en caso de que el beneficiario no pueda pagar con la deuda, tendrás que responder por él. 

Implicaciones legales y financieras para aval y obligado solidario

Asumir el rol de avalista u obligado solidario en un contrato de crédito o préstamo conlleva una serie de implicaciones legales y financieras que pueden afectar de manera significativa tanto la relación con el deudor principal como con la entidad financiera.

Las principales implicaciones tienen que ver en el tema de lo legal y financiero. Es fundamental entender las implicaciones y evaluar cuidadosamente la capacidad de asumir tales roles antes de comprometerse. Además, es recomendable buscar asesoría legal y financiera para manejar adecuadamente las implicaciones de estos compromisos.

Conclusión

Antes de asumir el rol de avalista u obligado solidario, es altamente recomendable consultar primero con un asesor SOC. Ya que, al ser un profesional puede proporcionar una visión clara sobre las implicaciones específicas del compromiso y ayudar a entender completamente los riesgos y responsabilidades involucrados. Esto asegura una decisión informada y minimiza posibles repercusiones negativas en el futuro.

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Referencias

https://www.elfinanciero.com.mx/mis-finanzas/2023/03/12/aval-vs-obligado-solidario-diferencias-y-obligaciones

https://www.inmuebles24.com/noticias/sabias-que/fiador-y-aval

2 COMENTARIOS

  1. buenas tardes me permito comentar que no estoy de acuerdo en como expresan las diferencias entre aval y obligado solidario . Para mi . El aval es una figura de Derecho Mercantil donde el sujeto que firma de aval se obliga de manera indistinta a pagar el adeudo como si fuera el deudor principal . El acreedor puede demandar el cobro a quien el decida es decir puede demandar y embargar primero al aval si es su deseo o conveniencia .

    El obligado solidario es una figura juridica de Derecho civil, el sujeto obligado solidario responde de la deuda como su fuera el principal de manera indistinta.

    En ambos casos cuando el aval y obligado solidario pague , puede repetir en ejercicio de la accion oblicua en contra del deudor.

    • Hola, Patricia.
      Muchas gracias por tus comentarios, tomaremos en cuenta lo que nos mencionas para seguir trabajando contenido de valor.

      Juntos, lo hacemos real.

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