Las empresas que desarrollan una actividad en el sector hipotecario deben de cumplir con el régimen fiscal, el cual sufre modificaciones cada año, por lo cual es necesario conocerlas para ser una empresa seria y confiable, así lo determinó el maestro Carlos Felgueres.
Felgueres enfatizó que los cambios del fisco son anuales, pero en este 2022 hay que tenerlos en mente pues delimitan la formalidad de una empresa; “agradezco a SOC por pensar en mí, para explicar este tema. En este año, tenemos nuevas restricciones y mucho nivel de castigos”.
Destacó que no hay que tenerle miedo al régimen fiscal, la única encomienda es cumplir como contribuyente respetando la puntualidad, eficiencia y oportuna; por otra parte mencionó que dependerá de cada contribuyente como vea los lineamientos del fisco para saber si benefician o los perjudican.
“El régimen suele complicarse en la implementación y cumplimiento. En el 2014 se incorporó una nueva reforma a la ley, con el fin de atacar operaciones inexistentes con la adquisición de comprobantes y facturas”.
La ley fiscal tiene como objetivo presumir que cualquier contribuyente que emita y facture comprobantes fiscales lo hace de manera legal, sin ser apócrifa.
Las personas morales y físicas que tengan una actividad empresarial de bienes e inmuebles están obligadas a expedir comprobantes fiscales por el total de sus actividades realizadas.
Importancia de la factura
“Tenemos que cumplir sí o sí con la entrega del comprobante, sobre todo las empresas y las personas físicas con actividad empresarial. A partir del 2014, nace la presunción en donde la autoridad puede creer que el comprobante es apócrifo”, explicó Carlos Felgueres.
Las autoridades cercioran que lo que dice la factura se pueda llevar a cabo, lo que da la presunción de inexistencia fiscal, por lo cual los contribuyentes tendrán que ratificarlo.
Para acreditar el comprobante es necesario con una serie de pasos, el primero es la existencia de la operación con un tiempo de 110 días, en ocasiones hay prórrogas, para hacerlo es integrar información con los proveedores.
La segunda es la localización, el cual se da mediante un domicilio fiscal y verificado por las autoridades por lo cual la factura es existente.
El tercero es un segundo el elemento de existencia que son los activos, lo que todo bien tangible contribuya a las operaciones de la empresa.
El cuarto, la empresa que emite la factura tiene que contar con personal el cual deberá de estar especializado en la creación de facturas.
La infraestructura es el quinto punto, el cual puede ser una oficina, fábrica maquiladora etc, en dónde se presta el servicio. Con esto se cumple con las autoridades para cerciorarse que la factura que se emite no es apócrifa.
Finalmente las autoridades sólo determinan si la factura cuenta con razón de negocio.
“La ley dice que hay que cuantificar el negocio fiscal, y habrá que compararlo contra el beneficio económico que viene de una deducción”, expresó.
Qué ocurre cuando no facturamos bien
A las empresas les cuesta trabajo cumplir con el régimen fiscal, aunque otras toman a la ligera el cumplimiento y generando problemas.
«En este 2022 hay muchas sanciones, las cuales nos pueden traer muchos problemas, por eso debemos de cumplir con todo lo que nos pidan”, explicó.
Al no dar credibilidad a las facturas, las empresas son catalogadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como EFO Y EDO.
Los EFO son empresas que Facturan Operaciones Simuladas, mientras que los EDO son las empresas que Deducen Operaciones Simuladas. Como castigo a las empresas que tienen este mote aparecen en una lista del SAT, impidiéndoles que puedan facturar en un futuro.
Felgueres señaló que el cumplimiento fiscal genera dudas, pero aplaudió la labor de SOC al mantener a todos sus brokers enterados y actualizados.